El Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) trae consigo un nuevo escenario Universitario caracterizado por un cambio educativo en el que destacan aspectos importantes como la dotación de una mayor responsabilidad al estudiante sobre su propio aprendizaje, basado en una formación por competencias, la incentivación de la movilidad de toda la comunidad universitaria, o la necesidad de llevar a cabo la rendición de cuentas a la sociedad, entre otras.
En este nuevo contexto de trabajo, la Asociación Europea para el Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (European Association for Quality Assurance in Higher Education, ENQA) en 2005, a instancias de los ministros signatarios, aporta el documento que contiene los Criterios y Directrices para la Garantía de la Calidad de las Universidades en el Espacio Europeo de Educación Superior, donde se concretan las recomendaciones esenciales para llevar a cabo el pretendido proceso de armonización universitario.
En el ámbito nacional, la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, establece la regulación del sistema universitario, así como de los mecanismos de coordinación, cooperación y colaboración entre las Administracións Públicas con competencias en materia universitaria.
El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedemento de aseguramiento de su calidad, y el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, establecen el marco normativo para la ordenación y verificación de enseñanzas oficiles.
Según lo establecido en dicha normativa, las propuestas de nuevas titulaciones oficiales deben someterse a un proceso de evaluación previo a la verificación. En este proceso, las agencias de calidad son las responsables de realizar la evaluación previa y emitir un informe vinculante para el Consejo de Universidades, que es el órgano responsable de la verificación de los nuevos títulos.
La normativa establece que podrán realizar la evaluación previa de los planes de estudios la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación y los órganos de evaluación que la Ley de las Comunidades Autónomas determinen y que cumplan con los criterios y estándares de calidad establecidos en el Espacio Europeo de Educación Superior (EEES): ser miembros de pleno derecho de ENQA y estar inscritas en el Registro Europeo de Agencias de Calidad (EQAR).
ACSUG tiene las atribuciones legales y la competencia técnica para realizar la evaluación previa a la verificación de las enseñanzas oficiales de grado, máster y doctorado en la Comunidad Autónoma de Galicia.
