Elementos da valoración
En cada convocatoria de este tipo de complemento debemos distinguir dos tipos de valoración:
• Valoración básica : Se compone de los quinquenios y sexenios que pueda justificar el solicitante, y se le otorgará una puntuación máxima de 9 tramos/puntos de carácter consolidable.
• Valoración adicional: Se compone de aquellos méritos que el/la solicitante pueda presentar para justificar su trayectoria profesional en el ámbito de la docencia y de la investigación, pudiendo aportar para cada uno de ellos un total de 6 méritos. La puntuación máxima que se puede obtener en esta valoración es de 2.5 tramos/puntos por cada ámbito.
* Para la valoración de los méritos se tendrá en cuenta "su calidad". En cada convocatoria, se estipulará la correspondiente relación de méritos y su puntuación.
* Las personas solicitantes que no cumplan los requisitos mínimos exigidos (2 quinquenios y 1 sexenio ) estipulados en las bases de la convocatoria para la obtención de estos complementos no entrarán en el proceso de valoración. No obstante, podrán solicitarlos nuevamente en la siguiente convocatoria.
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Valoración adicional |
Ámbito |
Méritos |
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Docencia |
Max. 6 méritos |
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Investigación |
Max. total de 6 méritos |
Investigación: max. 4 méritos Transferencia y divulgación del conocimiento: max. 4 méritos |
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La puntuación máxima que se podrá obtener para estos complementos será el resultado de la suma de la valoración básica y adicional, es decir, 14 tramos/puntos
Período de valoración
- Primera solicitud
Se valorarán la totalidad de los quinquenios y sexenios que posea el solicitante así como los méritos adicionales seleccionados por el mismo y correspondientes al período de cinco años establecido en la convocatoria.
- Sucesivas solicitudes
Siguiendo la normativa vigente, a los 5 años de haber presentado su solicitud, el solicitante deberá someter la actividad docente e investigadora desarrollada en dicho período a un nuevo proceso de evaluación.
Excepcionalmente, podrá ser evaluada trascurridos 3 años, siempre y cuando se obtuvieran nuevos quinquenios y/o sexenios(puntuación básica). Esto implicará una nueva evaluación de su trayectoria profesional en los últimos cinco años (puntuación adicional).
