• Búsqueda de la excelencia a través de mecanismos externos de evaluación de su actividad.

Complemento a la excelencia curricular: Destinatarios

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 55/2004, del 4 de marzo, (texto consolidado, de acuerdo con la redacción dada por el Decreto 326/2009 de 11 de junio) y la Orden 16 de octubre de 2006, podrá solicitar este complemento el personal docente e investigador FUNCIONARIO O CONTRATADO DOCTOR, tanto de carácter fijo como temporal,  de las universidades públicas del sistema universitario de Galicia (SUG).